Las únicas vías en Colombia donde se puede conducir a 120 km/h sin recibir multa
Descubra cuáles son las únicas vías en Colombia donde está permitido circular a 120 km/h según la Ley 2251 de 2022 y evite multas por exceso de velocidad.

Noticias RCN
10:17 a. m.
En Colombia, la velocidad al conducir no es un asunto menor. Con la entrada en vigor de la Ley 2551 de 2022, se establecieron límites claros y obligatorios para evitar accidentes y proteger la vida en carretera.
Aunque la mayoría de vías tienen restricciones de 30, 50 o 90 kilómetros por hora, existe una excepción que permite a algunos vehículos alcanzar los 120 km/h de forma legal.
¿En qué vías es legal conducir a 120 km/h?
Según el Ministerio de Transporte, las únicas vías del país en las que se permite circular hasta a 120 kilómetros por hora son aquellas que cumplen con una condición específica, las cuáles deben ser de doble calzada y no tener pasos peatonales en su diseño.
“Para el caso de vías doble calzada que no contengan dentro de su diseño pasos peatonales, la velocidad máxima será de 120 kilómetros por hora. Para el servicio público de carga, el límite de velocidad en ningún caso podrá exceder los ochenta (80) kilómetros por hora”, aclara el ministerio.
Estas vías están diseñadas con altos estándares de seguridad y control, lo que justifica este margen más amplio de velocidad, aunque no son muy comunes en el territorio nacional.
Multa por exceder los límites de velocidad
En el año en curso, la multa por conducir a una velocidad superior a la permitida es de 711.750 pesos, una suma que puede evitarse si se respeta la normativa vigente.
Vale la pena recordar otros límites: 50 km/h en zonas urbanas, 30 km/h en zonas escolares y residenciales, 80 km/h en carreteras rurales, y 90 km/h en vías nacionales y departamentales.
Vehículos que no pueden andar a 120 km/h en Colombia
Para los vehículos de servicio público, de carga y de transporte escolar, el límite de velocidad es más restrictivo. Según la misma ley.
Y es que para el servicio público de carga, el límite de velocidad en ningún caso podrá exceder los ochenta (80) kilómetros por hora.
Asimismo, es obvio que Las patinetas y bicicletas eléctricas o a gasolina no podrán sobrepasar los 40Km/h, algo que se cumple desde su fabricación.