El pago en especie en Colombia existe: esto es lo que dice la ley
Aunque este término se ha tomo como un chiste, la ley colombiana lo contempla y a esto se refiere.

Noticias RCN
11:53 a. m.
Aunque para muchos colombianos, el término de 'pago en especie' se ha tomado como un chiste a la hora de saldar una deuda, este mismo sí existe en el país y la ley colombiana lo respalda.
En el mercado laboral, tanto empleadores como empleados buscan alternativas y flexibilidad en la remuneración. Una de las preguntas recurrentes es si los trabajos en Colombia pueden ser pagados, total o parcialmente, en especie.
Esta modalidad está estrictamente regulada por la ley colombiana, específicamente en el Artículo 129 del Código Sustantivo del Trabajo (CST). Es crucial comprender las condiciones y límites para evitar incurrir en irregularidades.
¿Qué es el pago en especie según la ley colombiana?
El Artículo 129 del Código Sustantivo del Trabajo define el salario en especie como "toda aquella parte de la remuneración ordinaria y permanente que reciba el trabajador como contraprestación directa del servicio, tales como alimentación, habitación o vestuario que el empleador suministra al trabajador o a su familia".
Esta definición es clave, ya que delimita los bienes y servicios que pueden considerarse como parte del salario.
Así es el pago del salario en especie según ley colombiana
Ahora, la legislación colombiana no permite que la totalidad del salario se pague en especie. El artículo 129 del CST establece límites porcentuales sobre cuánto del salario puede constituirse en especie, diferenciando entre quienes ganan el salario mínimo legal y quienes perciben una remuneración superior.
- Trabajadores que devengan el Salario Mínimo Legal: Para aquellos trabajadores cuyo salario es el mínimo legal vigente (que para 2025 se sitúa en $1.423.500), el valor del salario en especie no puede exceder del 30% de su remuneración total. Esto significa que, como mínimo, el 70% del salario debe pagarse en dinero.
- Trabajadores con Salarios Superiores al Mínimo: Para los empleados que perciben un salario superior al mínimo legal, la proporción del salario en especie puede ser mayor, pero sin exceder el 50% de la totalidad de su salario. En este caso, al menos la mitad de la remuneración debe ser en efectivo.