Colombianos mayores de 59 años tendrán nuevo subsidio a partir de julio: requisitos
Conozca cómo funcionará el nuevo subsidio que se entregará por parte del Gobierno Nacional.
Noticias RCN
01:05 p. m.
A partir de julio de 2025, una nueva ley traerá consigo un subsidio económico directo para aquellos ciudadanos mayores de 59 años que cumplan con los requisitos establecidos. Esta medida, largamente esperada, busca brindar un apoyo crucial a una población que, en muchos casos, enfrenta dificultades económicas en la etapa final de sus vidas.
La iniciativa, impulsada por el Gobierno Nacional, se fundamenta en la reciente Ley 2381 de 2024, la cual establece un sistema de protección social integral para la vejez, invalidez y muerte de origen común.
El Decreto 0514 de 2025, promulgado recientemente, reglamenta la operación, funcionamiento y istración de este nuevo subsidio, marcando el inicio de una nueva era de apoyo para los adultos mayores en el país.
Este subsidio, que en ningún caso se constituirá como una pensión, se financiará con recursos provenientes del Fondo de Solidaridad Pensional y del Presupuesto General de la Nación.
Su objetivo principal es mitigar la situación de vulnerabilidad económica que enfrentan muchos colombianos en la tercera edad, proporcionándoles un ingreso que les permita cubrir sus necesidades básicas y mejorar su calidad de vida.
Requisitos para recibir este subsidio en Colombia
La normativa establece criterios claros para la elegibilidad al subsidio. Los principales requisitos que deberán cumplir los aspirantes son:
- Edad: Haber cumplido 59 años o más al momento de la solicitud.
- Residencia: Haber residido legalmente en el territorio colombiano durante los últimos diez (10) años de manera continua.
- Carencia de ingresos: No recibir ningún tipo de pensión o prestación económica periódica.
- Condición de vulnerabilidad: Encontrarse en condición de pobreza extrema, pobreza o vulnerabilidad, lo cual será determinado a través de la clasificación en el Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales (Sisbén IV) en los grupos A y B, y hasta el subgrupo C1.
Adicionalmente, la ley contempla la inclusión de otros grupos poblacionales que, si bien no cumplen con el criterio de edad de 59 años.
Así las cosas, estos grupos contemplan a pueblos indígenas, pueblos raizales, negros y afrocolombianos. Estos deben encontrarse en el censo que hace el Ministerio del Interior.
Otros grupos que recibirán este subsidio
- Personas con pérdida de capacidad laboral: Mujeres mayores de 50 años y hombres mayores de 55 años que presenten una pérdida de capacidad laboral u ocupacional igual o superior al 50%, debidamente certificada por la autoridad competente.
- Comunidades campesinas: Personas pertenecientes a comunidades campesinas que no cuenten con ingresos propios.
- Cuidadores: Personas que se dedican al cuidado de personas con discapacidad y que no dispongan de ingresos propios.