Casos en los que un trabajador se puede incapacitar por estrés laboral: esto dice la ley
Conozca lo que dice la ley sobre estos casos en puntual.

Noticias RCN
09:18 p. m.
El estrés laboral se ha convertido en una preocupación creciente en el ámbito de la salud ocupacional en Colombia. Cada vez más trabajadores se ven afectados por condiciones psicológicas derivadas de sus entornos de trabajo, lo que ha llevado a que la legislación colombiana reconozca la posibilidad de que el estrés sea causal de incapacidad laboral, siempre y cuando cumpla con ciertos requisitos y esté debidamente diagnosticado.
La ley colombiana, particularmente el Decreto 1072 de 2015 (Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo) y la Ley 1616 de 2013 (Ley de Salud Mental), establece que las enfermedades mentales, incluyendo aquellas derivadas del estrés, pueden ser reconocidas como condiciones incapacitantes.
Esto representa un avance significativo, pues como señalan expertos en derecho laboral, "el sistema de salud colombiano reconoce que las condiciones psicológicas como el estrés, la depresión, la ansiedad, entre otras, pueden generar una incapacidad real para trabajar".
Casos en los que pueden incapacitar al trabajador por estrés laboral
No todo estrés justifica una incapacidad. Para que el estrés laboral sea considerado una causa de incapacidad, debe estar debidamente diagnosticado por un profesional de la salud inscrito en el Registro Único Nacional del Talento Humano en Salud (ReTHUS).
- Síndrome de Burnout (Estrés laboral crónico): Es un estado de agotamiento físico, emocional y mental prolongado, resultado de una exposición continua a situaciones estresantes en el trabajo. Se caracteriza por cansancio extremo, sentimientos de cinismo y falta de eficacia.
- Trastorno de Ansiedad Generalizada: Diagnóstico de un especialista que demuestra un nivel de ansiedad excesivo e incontrolable relacionado con situaciones laborales.
- Depresión Clínica: Una condición de salud mental grave que afecta la funcionalidad laboral y que puede ser desencadenada o agravada por el ambiente de trabajo.
Para que el estrés laboral sea calificado como una enfermedad de origen laboral y no común, es fundamental que exista un nexo causal directo entre las condiciones de trabajo y la patología desarrollada.
La a de Riesgos Laborales (ARL) será la entidad encargada de determinar si el estrés es de origen laboral, cubriendo en ese caso el 100% del salario desde el primer día de incapacidad. Si, por el contrario, se califica como enfermedad general, la incapacidad será cubierta por la EPS a partir del cuarto día.