Trabajadores no recibirán pago en junio de 2025: conozca quiénes son
Conozca los empleados que no tendrán derecho a recibir este dinero.

Noticias RCN
07:29 p. m.
En el contexto laboral colombiano, "la prima" se refiere a la prima de servicios, una prestación social obligatoria para los empleadores que se debe pagar a sus trabajadores.
Esta, corresponde a un mes de salario por cada año de trabajo o proporcionalmente al tiempo laborado, y se paga en dos cuotas durante el año: una en junio y otra en diciembre.
Con este pago a la vuelta de la esquina, son miles de trabajadores los que empiezan a preguntarse quienes reciben y quienes NO.
¿Quiénes NO reciben pago de prima de servicios en junio?
Esta prestación la reciben todos los trabajadores que tengan un contrato laboral, sin importar el tipo de contrato (fijo, indefinido, por obra o labor).
Bajo este panorama, los trabajadores que no reciben este pago son aquellos que son independientes, aquellos con contrato de prestación de servicios, los transitorios, los que reciben un salario integral, los ocasionales, los temporales y los aprendices.
Los independientes no tienen derecho a la prima porque su relación laboral no está regulada por la legislación laboral, sino por la civil.
Similar a los independientes, este tipo de contrato no está regulado por la legislación laboral, por lo que no genera derecho a la prima.
En cuanto a los empleados transitorios, estos no tienen derecho a la prima porque su vinculación con la empresa es de corta duración y no cumplen con los requisitos de permanencia establecidos para el pago de la prima.
Por último, los aprendices, como los que están en prácticas en el SENA o en universidades, tampoco tienen derecho a la prima, ya que su vínculo es diferente a un contrato laboral.