Trabajo en casa: lo que usted y su jefe deben cumplir durante la jornada
Es importante que trabajadores y empleadores conozcan puntos como, por ejemplo, cuánto dura la jornada laboral y qué pasa con el subsidio de transporte.

Noticias RCN
05:48 a. m.
El proyecto de ley que regula eltrabajo en casa fue aprobado en plenaria del Senado de la República y para que no haya lugar a confusiones, explicamos algunas de las situaciones que debe tener en cuenta para que se respeten sus derechos como empleado, pero también muy importantes, sus deberes.
En contexto: Aprobado proyecto de ley que regula el trabajo en casa
¿De qué se trata?
El ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, explicó que “trabajo en casa es una modalidad de tipo excepcional, temporal, por efectos de circunstancias que ameritan hacerlo, como la que estamos viviendo”, refiriéndose a la pandemia de covid-19.
Es decir, es una habilitación que no cambia las condiciones previamente pactadas, un acuerdo de voluntades entre el empleador y el trabajador en el que el contrato firmado inicialmente se mantiene con dicha figura.
Es importante destacar que el empleado seguirá contando con los mismos derechos y garantías, tales como la jornada laboral, horas extra, trabajo nocturno, dominicales y festivos, descansos dentro de la jornada, acompañamiento y verificación por parte de las ARL, negociación sindical, prestaciones económicas y asistenciales.
Lo que debe saber: puntos clave
¿Quién decide el inicio de esta modalidad?

Se trata de una decisión consensuada entre empleador y trabajador, en la que también se deben indicar las funciones a desarrollar durante esta modalidad. Sin embargo, en caso de circunstancias excepcionales (orden público, calamidad pública o desastre) el jefe podrá decidir individualmente si se inicia el trabajo en casa.
Es de tener en cuenta que el empleado podrá solicitar por escrito, en cualquier momento, el cambio de modalidad laboral.
Además, se deben establecer los criterios para el seguimiento de las tareas encargadas, precisando instrumentos, frecuencia, modelo de evaluación, aprobación y retroalimentación respecto del resultado de las mismas.
¿Por estar en casa se debe trabajar más tiempo?
No, por ningún motivo. La iniciativa establece que la jornada laboral no puede superar las ocho horas diarias o 48 semanales. No hay horarios distintos. “Se respetarán los que se han pactado en el contrato de trabajo”, estableció el ministro Ángel Custodio Cabrera.
Pero es importante señalar que las horas extra durante el trabajo en casa no pueden exceder las dos diarias y las 12 semanales. “Cuando la jornada de la modalidad de trabajo en casa se amplíe por acuerdo entre el empleador o nominador y el trabajador o funcionario a diez (10) horas diarias, no se podrá en el mismo día laborar horas extras”, detalla el documento.
Los funcionarios que desempeñen cargos de dirección, confianza o manejo quedan excluidos de la regulación sobre jornada máxima de la modalidad de trabajo en casa.
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Carlos Valencia - NoticiasRCN.com