Estas son las únicas vías en las que se puede conducir a 120 km en Colombia
Estas son las carreteras que están autorizadas para conducir a esa velocidad.

Noticias RCN
10:29 a. m.
Los límites de velocidad en Colombia son una herramienta fundamental para la seguridad vial, especialmente en un país donde la siniestralidad en las carreteras sigue siendo una preocupación.
La norma general establece velocidades máximas de 50 km/h en vías urbanas y municipales, 30 km/h en zonas escolares y residenciales, y 90 km/h en carreteras nacionales y departamentales. Sin embargo, un apartado clave de la ley permite una flexibilidad en tramos muy específicos.
Mientras la mayoría de las vías en Colombia mantienen límites de velocidad conservadores, una minoría de corredores viales de alta ingeniería permite a los conductores alcanzar los 120 kilómetros por hora.
Vías en Colombia donde se puede conducir a 120 KM
Esta excepción a la regla, regida por la Ley 2251 de 2022 y resoluciones del Ministerio de Transporte, responde a características específicas de infraestructura y diseño que buscan garantizar la seguridad vial en tramos de alta especificación.
Para que una vía sea autorizada a permitir velocidades de hasta 120 km/h, debe cumplir con un conjunto de características de infraestructura que la diferencian de la red vial convencional.
“Los tramos viales en los que se presenten condiciones idóneas de infraestructura y seguridad vial, las entidades territoriales, estarán facultadas, en el marco de su jurisdicción territorial de establecer límites de velocidad superiores a los establecidos en este artículo", dice la ley.
Aunque no existe un listado exhaustivo y público de todos los kilómetros autorizados para 120 km/h, se sabe que algunos de los tramos que cumplen con estas condiciones incluyen partes de la Ruta del Sol, específicamente el sector II entre Puerto Salgar y San Roque, y ciertos segmentos de la doble calzada Bogotá-Girardot.
Vehículos exentos de conducir a esta velocidad
- Transporte público: Buses, taxis y cualquier otro vehículo de servicio público de pasajeros deben respetar límites más conservadores (generalmente 80 km/h).
- Vehículos de carga: Camiones, tractomulas y demás vehículos de carga tienen una restricción de velocidad máxima de 80 km/h en vías nacionales y departamentales, independientemente del tipo de calzada.
- Vehículos de emergencia: Ambulancias, patrullas y otros vehículos de emergencia, aunque tienen prioridad, deben mantener una velocidad segura y adecuada a las circunstancias.
- Bicicletas, patinetas eléctricas y similares: Estos medios de transporte tienen límites de velocidad mucho menores (hasta 40 km/h en vías urbanas y en ningún caso superior a 50 km/h).