¿Cuándo puede un carro o moto usar el carril preferencial sin ser multado?
Desde el 19 de mayo comenzarán a imponerse comparendos automáticos por cámaras en la carrera Séptima.

Noticias RCN
12:46 p. m.
En Bogotá, los carriles preferenciales están diseñados para facilitar el desplazamiento de los buses del Sistema Integrado de Transporte Público (SITP) y beneficiar a los millones de personas que dependen de este medio a diario.
Sin embargo, la invasión reiterada de estos corredores por parte de vehículos particulares y motociclistas ha generado no solo congestión, sino retrasos en el servicio y molestias para los s.
Ante esta problemática, la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM) adoptó el uso de cámaras para imponer comparendos electrónicos a quienes incumplan las normas.
¿Cuál es la multa por invadir el carril preferencial en Bogotá?
A partir del 19 de mayo, cualquier conductor que utilice sin justificación el carril preferencial de la carrera Séptima será sancionado automáticamente con una multa de $604.100, correspondiente al comparendo C14, por invadir un carril exclusivo destinado al transporte público.
La medida, que será aplicada inicialmente entre las calles 31 y 134 de la carrera Séptima, responde al alto número de infracciones detectadas por las autoridades, especialmente de motociclistas y vehículos particulares que usan este carril para adelantar, esquivar tráfico o ganar tiempo, a costa de obstaculizar a los buses del SITP y retrasar a sus pasajeros.
El sistema de fotodetección operará las 24 horas del día, los siete días de la semana, y busca reforzar el cumplimiento de la norma sin necesidad de operativos presenciales permanentes.
Las cámaras registrarán el número de placa de los vehículos infractores y la evidencia será enviada automáticamente a la plataforma de infracciones de tránsito.
¿Cuándo puede un carro o moto usar el carril preferencial sin ser multado?
Aunque está prohibido circular de forma continua por este carril, hay situaciones específicas en las que sí está permitido ingresar temporalmente:
- Ascenso o descenso de pasajeros, pero nunca en los paraderos del SITP.
- Giro a la derecha o ingreso a predios, utilizando la línea punteada para incorporarse de forma segura.
- Vehículos de emergencia (ambulancias, bomberos, Policía, Ejército) solo durante situaciones reales de urgencia, y con sirenas, luces o señales activadas.
- Transporte intermunicipal autorizado entre Bogotá y Soacha, siempre que esté dentro del convenio vigente y use paraderos autorizados.
- Otros buses intermunicipales, únicamente para maniobras de ascenso o descenso en plataformas de terminales o sitios habilitados por la SDM.
En todos los casos, el uso debe ser puntual y con reincorporación inmediata al carril mixto. El mal uso del carril, o su ocupación sin motivo justificado, es lo que constituye infracción y da lugar al comparendo C14.
¿Será solo en la carrera Séptima?
La implementación de fotodetección iniciará en la carrera Séptima, pero la SDM ya anunció que la siguiente vía será la carrera 13, otro corredor estratégico para el SITP.
Posteriormente, más vías con carril preferencial serán integradas a esta red de vigilancia tecnológica,