¿Cómo funciona el estado de conmoción interior decretado por el presidente Petro?

Expertos y analistas revelaron cuáles son los frenos y contrapesos que implica el decretar el estado de conmoción interior.


Noticias RCN

enero 21 de 2025
01:20 p. m.
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Durante la tarde de este 20 de enero, el presidente Petro declaró el estado de conmoción interior y emergencia económica por la crisis violenta en el Catatumbo.

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A través de su cuenta oficial en X, el mandatario anunció la noticia que hasta el momento ha generado todo tipo de reacciones. Esto, debido a que la decisión le da una serie de superpoderes al presidente.

Sin embargo, decretar el estado de conmoción interior tiene unos frenos y contrapesos que van relacionados únicamente con el tema del Catatumbo.

En primer lugar, hay que tener en cuenta que esta decisión solo estará vigente por 90 días y que se expide de manera autónoma por el presidente de la República. Sin embargo, puede prorrogarse por 180 días más si el Senado lo considera prudente.

Camilo Rojas, abogado penalista, aseguró, en diálogo con este medio, que los decretos deben ser revisados por la Corte Constitucional para que no se vulnere ningún derecho.

“Estos decretos deben ser revisados por la Corte Constitucional para garantizar su legalidad y que no vulneren derechos esenciales como derecho a la vida, la tortura, respetar el debido proceso. Por eso la conmoción interior es esa herramienta para proteger la estabilidad del país, siempre bajo estrictos controles institucionales”, aseguró Rojas.

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¿Cómo funciona el estado de conmoción interior decretado por el presidente?

La conmoción interior, al ser una figura excepcional, debe estar vigilada por la Corte Constitucional, la cual será la encargada de dar la última palabra.

Durante los tres meses, la Corte entrará a verificar cada uno de los decretos y cada una de las decisiones que se tomen alrededor del estado de conmoción.

Sócrates Saavedra, abogado penalista, explicó que, con esto, el Gobierno ahora puede, “crear delitos, aumentar penas, aprehender personas, registrar domicilios, interceptar comunicaciones, entre otros”.

Es necesario mencionar que la revisión de la Corte Constitucional operará apenas el decreto sea firmado por el presidente Gustavo Petro y todos sus ministros.

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