Declaración de renta 2025: DIAN anuncia si cobrará o no intereses tras fallas en su plataforma
La entidad anunció ciertas medidas tras la contingencia presentada en días anteriores.

Noticias RCN
07:27 a. m.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha emitido un comunicado oficial que trae un respiro a miles de contribuyentes colombianos que han presentado fallas durante los últimos días a la hora de cumplir con la declaración de renta.
Ante esto, son miles de contribuyentes los que se preguntan si se cobrarán ciertos intereses por la demora a la hora de cumplir con esta obligación ante la entidad.
Cabe anotar que esta situación se agudizó en un periodo crucial del calendario tributario, cuando vencían importantes obligaciones como la presentación de la información exógena del año gravable 2024 y el anticipo bimestral del Régimen Simple de Tributación (formulario 2593) correspondiente al periodo enero-febrero de 2025.
¿Se cobrará intereses por las fallas presentadas? DIAN responde
Tras las fallas técnicas que afectaron la disponibilidad de sus servicios informáticos desde el 13 de mayo de 2025, la entidad ha levantado la contingencia y, lo más importante, ha asegurado que no se cobrarán sanciones ni intereses de mora a quienes no pudieron presentar sus declaraciones tributarias o realizar trámites aduaneros debido a esta situación, siempre y cuando cumplan con los nuevos plazos establecidos.
Para los contribuyentes obligados a presentar declaraciones y pagos entre el 12 y el 23 de mayo de 2025, la DIAN ha concedido un plazo adicional para hacerlo sin sanciones ni intereses hasta este lunes 26 de mayo de 2025 a las 11:59 p. m.
Conozca los nuevos plazos que tendrán tras la contingencia presentada:
- Grandes contribuyentes con NIT terminados en 9 y 0, cuyos vencimientos originales eran el 12 y 13 de mayo. El nuevo plazo es hasta el 28 de mayo de 2025.
- Personas jurídicas y naturales con vencimientos programados entre el 14 de mayo y el 13 de junio, según los últimos dos dígitos de su NIT, tendrán un calendario escalonado que se extiende hasta el 13 de junio de 2025.
Por ejemplo, para los NIT terminados entre 01 y 10, el nuevo plazo es el 28 de mayo de 2025; para los terminados entre 11 y 20, el 3 de junio de 2025, y así sucesivamente.
La Resolución 000213 de 2025, que entró en vigencia el 23 de mayo, también establece una importante aclaración para futuras contingencias: los plazos se contarán a partir del restablecimiento oficial de los servicios, brindando mayor seguridad jurídica a los informantes.