Se mantiene vigente la figura de la asistencia militar en Colombia

Esta figura la puede decretar el presidente de la República, a petición de alcaldes y gobernadores. Fue utilizada en las protestas del 2021.


Asistencia militar seguirá vigente en Colombia
Asistencia militar - Achivo Noticias RCN

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marzo 17 de 2022
07:21 p. m.
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La Sala Plena de la Corte Constitucional desestimó una demanda que pretendía tumbar la figura de la asistencia militar contemplada en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia expedido en el año 2016. 

En contexto: Algunas ciudades en Colombia le dicen no a la asistencia militar

"La Corte Constitucional declaró exequible el artículo 170 de la Ley 1801 de 2016 sobre asistencia militar en caso de hechos de grave alteración de la seguridad y la convivencia, cuando así lo exija la situación ante riesgo o peligro inminente, o para afrontar emergencias o calamidades públicas", indicó la Corte.

Esta figura la puede decretar el presidente de la República, a petición de alcaldes y gobernadores.

"En la decisión salvaron voto la magistrada Diana Fajardo Rivera y la magistrada (e), Karena Caselles. Vale la pena precisar que la ponencia de este caso estuvo a cargo del magistrado José Fernando Reyes Cuartas, informó a corte.

La Corte analizó dos demandas, una de ellas radicada por la Comisión Colombiana de Juristas, que cuestionaba que la asistencia militar tenía contenidos equivalentes a los estados de conmoción interior.

Debate a raíz de conflictos en el 2021

La polémica por esta medida surgió a raíz de las jornadas de protestas a mediados del 2021.

Esta fue usada por el presidente Iván Duque en algunas de las protestas por el paro nacional. En ese momento, fueron desplegadas tropas en 13 ciudades para retomar el control tras el caos generado por los disturbios.

Vea además: Gobierno impugnará decisión del Consejo de Estado sobre asistencia militar en las marchas

“No busca limitar derechos, por el contrario, garantizarlos, reestableciendo la convivencia y el orden público que, como se ha observado, la necesidad surge cuando durante el ejercicio del derecho a la manifestación pública y pacífica se presentan hechos de violencia de tan nivel que atentan contra el pleno de los derechos y libertades de los ciudadanos”, indicaron en su momento desde la Presidencia y el Ministerio de Defensa.

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